viernes, 11 de septiembre de 2009

CONTROLE:SELLOS DE CONFIANZA PARA SITIOS WEB EN BOLIVIA

La Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia (ADSIB) en Convenio con la Cámara Nacional de Comercio (CNC), han visto por conveniente promover el desarrollo del comercio electrónico en Bolivia y fomentar la conducta ética y la responsabilidad de las entidades que prestan servicios a través de medios electrónicos, mediante la elaboración y desarrollo del Código de Conducta y del Sello de Confianza en línea "CONTROLE".CONTROLE es un instrumento que busca incrementar la "confianza" hacia las transacciones en línea y el comercio electrónico a través del establecimiento de principios y disposiciones que otorgan garantías y seguridad a los consumidores que adquieren bienes y/o servicios en las entidades que brindan servicios de comercio electrónico en Bolivia.

Cualquier entidad se puede adscribir de manera voluntaria al Código de Conducta para obtener el sello de confianza CONTROLE, lo que implica el cumplimiento de todos los preceptos, prácticas y exigencias que se establecen para la correcta conducción de sus actividades comerciales en Internet y su relación con sus consumidores.El Código de Conducta CONTROLE en ningún momento suple la normativa nacional aplicable al caso, la cual sigue teniendo un lugar imprescindible, pero se constituye en un mecanismo voluntario de autorregulación que sirve de guía para el comportamiento de las entidades de comercio electrónico en el país.Su objetivo es el de establecer principios y disposiciones que guíen el comportamiento de toda persona natural o jurídica legalmente constituida en Bolivia que comercialice a través de medios electrónicos.

Al adscribirse a CONTROLE brinda seguridad a la calidad de sus servicios y consolida los niveles confianza de sus clientes. El Sello de Confianza CONTROLE, es una marca registrada en el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI) y pertenece exclusivamente a la ADSIB y la CNC. Ambas son las únicas instituciones que cuentan con la facultad para otorgar, denegar, suspender y retirar el Sello de Confianza CONTROLE.Este servicio consiste en la entrega de un certificado digital que se otorga a la entidad adscrita al Código de Conducta, para ser introducido en su sitio Web, una vez que cumpla y aplique todos los principios y disposiciones que se establecen.

La entidad adscrita a CONTROLE en todo momento debe prestar la información y documentación que se le solicite para su certificación, así como permitir el acceso y verificación de sus equipos e instalaciones.Además la entidad adscrita al Código de Conducta CONTROLE debe cumplir y acatar todas las disposiciones que se establezcan en el Comité de Ética y las resoluciones que se emitan en el marco del Sistema Alternativo de Solución de Controversias sobre Comercio Electrónico de la CNC. Asimismo, la entidad adscrita debe comprometerse a mantener las buenas prácticas para el comercio electrónico, a difundir y dar a conocer el presente sistema de autorregulación.En consideración a la celeridad de los cambios tecnológicos y la evolución del sector, el Código de Conducta, podrá ser modificado y actualizado de manera periódica por el Comité de Ética, garantizando así su vigencia y aplicación. Las modificaciones serán difundidas, y entraran en vigor en el plazo establecido por este Comité y serán publicados en el sitio Web: www.controle.bo (en construcción).El Código de Conducta plantea los siguientes principios para el comercio electrónico:

i.Legalidad y transparencia.
ii.Garantías sobre la entrega de los bienes y/o servicios.
iii.Consentimiento y seguridad en el uso de medios electrónicos.
iv.Solución alternativa de controversias.
v.Servicio al consumidor, acceso, uso del sitio Web.
vi.Seguridad informática.
vii.Protección de datos personales.
viii.Ética.Si desea mayor información, contáctese con la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Bolivia a:contacto@adsib.gob.bo

Para su conocimiento